Decreto (poder ejecutivo nacional) 394/2016 publicado en el boletín oficial el 23/02/16. Ley de impuesto a las ganancias. Modificación. Decreto N° 1.242/2013. Derogación. Deducciones personales. Incremento del mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial desde el 01/01/2016.
Se deja sin efecto el decreto 1242/2013, que establecía la no aplicación del impuesto a las ganancias para los sujetos que hubieran percibido entre los meses de enero a agosto de 2013 remuneraciones brutas de hasta $15.000 mensuales y se incrementan a partir del 01/01/2016 los importes anuales de las deducciones personales, según el siguiente detalle:
Concepto | Pesos |
Mínimo no imponible | 42.318 |
Cónyuge | 39.778 |
Hijos | 19.889 |
Otras cargas | 19.889 |
Deducción especial | 42.318 |
En virtud de las citadas modificaciones, la deducción especial para empleados en relación de dependencia se establece en $203.126, y la deducción anual de los importes abonados por servicio doméstico pasa a tener un tope de $42.318.
El decreto tiene efecto a partir del 1º de enero de 2016.
La derogación del Decreto1242/13 grava en el impuesto a todos aquellos que tenían un haber bruto mensual devengado menor a $15.000 entre los meses de enero y agosto 2013 por lo que estos sujetos deberían comenzar a presentar sus F. 572 si no lo hubieran hecho. Sugerimos que se comunique e informe a los empleados y si la renta gravada superase $250.000 en el año calendario 2015 o hubieran tenido retenciones o percepciones del impuesto, se les informe que es obligatoria la presentación de su F. 572 vía SIRADIG AFIP.