Por este año 2015 se ha acordado que el día del empleado de comercio sea conmemorado el Lunes 28 de Septiembre.
En materia de remuneraciones se darán cumplimiento a las normas de la Ley de Contrato de Trabajo y se acuerda que ese día no podrá otorgarse como franco compensatorio del descanso semanal.
El acuerdo celebrado entre las partes aún no ha tenido homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.