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02/03/2018

MODIFICACIONES DEL DECRETO 814/2001

PRÓRROGA DE LAS ADECUACIONES AL SICOSS
A

FIP ha informado que, a partir del próximo 3 de abril, se pondrá a disposición para su descarga la versión 41 del aplicativo 'Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS'. Esta nueva versión será obligatoria a partir del período fiscal febrero de 2018 y receptará los cambios introducidos por la reforma tributaria al régimen de contribuciones patronales.  Señalamos que la versión web 'Declaración en línea' tampoco contempla los cambios para adecuar a la nueva normativa. AFIP estima que se aplicarán a partir de la misma fecha.  Por lo tanto, hasta esa fecha los empleadores deberán utilizar la versión vigente del aplicativo (V. 40.0, reléase 2).

Rectificativas

La declaración jurada podrá ser rectificada por nómina completa, utilizando la nueva versión 41 de dicho aplicativo hasta el día 31 de mayo de 2018, inclusive. En este caso, la rectificativa en menos no implicará la aplicación de las disposiciones de la resolución general (AFIP) 3093 por lo que se entiende que el saldo a favor que pudiera generarse será inmediatamente acreditado en el sistema de cuentas tributarias sin más trámite.

Novedades de la versión 41 del SICOSS

La nueva versión del aplicativo tendrá las siguientes novedades:

  • Incorporación de las nuevas alícuotas para el cálculo de las contribuciones patronales, para las declaraciones juradas correspondientes al período devengado febrero de 2018 y los siguientes.

  • Incorporación de un código de condición que identifique a los trabajadores, respecto de las declaraciones juradas para el período devengado enero de 2018 y los siguientes.
  • La habilitación de nuevos códigos de actividad que contemplan distintas modalidades contractuales del trabajo agrario.
AUTOR: Convexia Business Solutions
FUENTE: Convexia Business Solutions
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