Se ha homologado el acuerdo celebrado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios correspondiente a los Empleados de Comercio (CCT 130/74).
El acuerdo citado consiste en:
- Incremento a partir de abril de 2018 de
un 15% sobre las escalas vigentes al mes de marzo de 2018 en
razón de encontrarse íntegramente conformado el salario según lo aprobado en el
acuerdo de enero de 2018.
- Sobre los valores que resulten del incremento
se calculará el presentismo.
- Este incremento se liquidará no
acumulativamente: un 10% del total acordado a partir de abril de 2018 y un 5% a
partir de agosto de 2018.
- Las partes volverán a reunirse en enero de
2019 para analizar las variables que pudieran haber afectado las escalas y
desde su vigencia.
- Para el caso de trabajadores a tiempo parcial
o jornada reducida el incremento será proporcional a la jornada laboral
cumplida.
- No pueden ser absorbidos aumentos de carácter
general o sectorial que unilateralmente hubieran otorgados los empleadores
excepto los realizados a partir del 1 de febrero de 2018 y los que se hubieren
otorgado a cuenta de este acuerdo cualquiera haya sido su denominación de
liquidación.
- Para garantizar el normal funcionamiento de
OSECAC y dada la emergencia sanitaria, se resuelve que todos los
trabajadores mercantiles afiliados a OSECAC tributen un aporte extraordinario
entre los meses de abril de 2018 y marzo de 2019 de $ 100 que deberá ser
retenida al empleado y depositado a OSECAC.